CerrarMapa webContactarAccesibilidad

EscudoConstitución española

Constitución  Estatutos de Autonomía  Elecciones  Órganos constitucionales  Otras Constituciones 
 
Título II. Bis. De los Órganos Auxiliares del Principado de Asturias - Estatuto Autonomía

Índice del Estatuto

Estatuto de Autonomía de Asturias

Ver sinopsis del Estatuto

Título II. Bis. De los Órganos Auxiliares del Principado de Asturias

Artículo 35.ter

     1. Se crea la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias. Por ley del Principado se regulará su composición y funciones.

     2. Dependerá directamente de la Junta General del Principado y ejercerá sus funciones por delegación de ella en el examen y comprobación de la Cuenta General del Principado.

Artículo 35.quater

     Se crea el Consejo Consultivo del Principado de Asturias como superior órgano de consulta de la Comunidad Autónoma. Por ley del Principado se regularán su composición y competencias.

Índice del Estatuto