CerrarMapa webContactarAccesibilidad

EscudoConstitución española

Constitución  Estatutos de Autonomía  Elecciones  Órganos constitucionales  Otras Constituciones 
 
Índice sistemático Índice analítico Elaboración Reforma Cronología
Título VIII. De la Organización Territorial del Estado - Constitución Española

Índice sistemático

La Constitución española de 1978.

Título VIII. De la Organización Territorial del Estado

Capítulo segundo. De la Administración Local

Ver sinopsis
Artículo 141
    1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.

    2. El Gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.

    3. Se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia.

    4. En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos.

Índice sistemático