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Inicio > Estatutos de Autonomía > Canarias > Título VI Economía y Hacienda.
1. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias está integrado por el conjunto de los bienes y derechos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y de sus organismos autónomos, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual les hayan sido atribuidos.
2. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, su administración, defensa y conservación serán regulados por una ley del Parlamento de Canarias.
El patrimonio insular está integrado por el conjunto de los bienes y derechos de cada isla y de los organismos públicos que se encuentren en relación de dependencia o vinculación con la misma, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual les hayan sido atribuidos.