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Segunda Reforma Constitucional (2011)
1. Antecedentes
A decir de los firmantes de la iniciativa en su
exposición de motivos, en el contexto de una profunda y prolongada crisis económica
se hacen cada vez más evidentes las repercusiones de la globalización económica y
financiera. La estabilidad presupuestaria adquiere un valor estructural y condicionante
de la capacidad de actuación del Estado. Por otra parte el Pacto de Estabilidad y Crecimiento
de la zona euro tiene como finalidad prevenir la aparición de déficits presupuestarios excesivos dando
así confianza en la estabilidad económica de dicha zona. La reforma del artículo 135 de la Constitución
persigue garantizar el principio de estabilidad presupuestaria vinculando a todas las Administraciones Publicas,
reforzar el compromiso de España con la Unión Europea y garantizar la sostenibilidad económica y social
2. Congreso de los Diputados
- Iniciativa.
El 26 de agosto de 2011 los Grupos Parlamentarios
Socialista y Popular en el Congreso presentaron conjuntamente una Proposición
de Reforma del artículo 135, solicitando su tramitación por el procedimiento de
urgencia y su aprobación en lectura única. La Presidencia de la Cámara,en uso
de la delegación conferida por la Mesa en su reunión de 22 de abril de 2008,
adoptó el acuerdo de admitir a trámite la Proposición y someterla a la deliberación
del Pleno a efectos de su toma en consideración y, previa audiencia
de la Junta de Portavoces, proponer al Pleno su tramitación por el procedimiento
de lectura única (BOCG.
Congreso de los Diputados, serie B, núm. 329-1, de 26 de agosto de
2011).
- Pleno.
El Pleno del Congreso, en su reunión del día 30 de
agosto de 2011, acordó tomar en consideración esta Proposición, así como su
tramitación directa y en lectura única. (DS.
Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permamente, núm. 269 de 30
de agosto de 2011).
El mismo día, la Mesa del Congreso
acordó la apertura de un plazo para la presentación de
enmiendas que expiraría el 1 de septiembre a las 14:00 horas.
(BOCG.
Congreso de los Diputados, serie B, núm. 329-2, de 31 de agosto de 2011).
Se presentaron 24 enmiendas: diez por el Grupo Parlamentario Mixto (una de la señora
Fernández Davila y del señor Jorquera Caselas, dos de la señora Barkos
Berruezo, dos de la señora Oramas y del señor Rios y cinco de la señora Diez González);
cuatro por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana- Izquierda Unida- Iniciativa per Catalunya Verds;
dos por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y ocho por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).
La Mesa de la Cámara en su reunión del día 1 de septiembre inadmitió algunas de las enmiendas y solicitó aclaración
o reformulación de otras.(BOCG.
Congreso de los Diputados, serie B, núm. 329-3, de 5 septiembre de 2011).
El debate en el Pleno tuvo lugar el viernes 2 de septiembre de 2011,
la votación se realizó en la modalidad electrónica. Fueron rechazadas todas las
enmiendas admitiéndose únicamente una corrección gramatical en el sentido de sustituir
"en relacion al" por "en relación con" en el párrafo tercero del artículo 135.3.
En la votación de conjunto el resultado fue: votos emitidos 321, a favor 316,
en contra 5(D.S.
Pleno y Diputación Permanente, núm. 270). El texto aprobado se publicó en
el BOCG.
Congreso de los Diputados, núm. 329-4, de 6 de septiembre de 2011.
3. Senado
Remitido al
Senado el texto aprobado por el Congreso, la Proposición de Reforma se publicó
el día 3 de septiembre, pasando a la Comisión de Constitución y abriéndose plazo
de presentación de enmiendas que concluía el día 5 de septiembre a 20:00 horas (BOCG.Senado,
núm. 105 de 3, septiembre de 2011). El mismo día se publicó el calendario para su
tramitación.
- Comisión.
Se presentaron 29 enmiendas: ocho por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
de Convergència i Unió, cuatro por el Grupo Parlamentario de Senadores
Nacionalistas, dos por el Grupo Parlamentario Mixto (señor Quintero Castañeda) y quince por el Grupo
Parlamentario Entesa Catalana de Progrés
(BOCG.Senado,
núm. 106, de 6 septiembre).
El 6 de septiembre la Mesa de la Cámara no admitió a trámite algunas de las enmiendas
(BOCG Senado. núm 108,,
de 8 de septiembre).
La deliberación y votación en la Comisión de Constitución tuvo lugar el 6 septiembre
(DS Senado. Comisiones, núm, 561)
, rechazándose las enmiendas y aceptándose como Dictamen el texto remitido por el Congreso
BOCG.Senado, núm 107, de
7 de septiembre): Se presentaron 4 votos particulares (BOCG.Senado, núm 108
, de 8 de septiembre).
- Pleno.
El Pleno del Senado debatió el Dictamen sobre la
Proposición de Reforma, el jueves 7 de septiembre de 2011.El resultado de la votación de
conjunto fue de 236 votos emitidos, 233 a favor y 3 en contra, alcanzándose la mayoría prescrita
en el artículo 167.1 de la Constitución (DS.Senado,
núm. 130). El texto aprobado por el Senado no introdujo variaciones en el
remitido por el Congreso (BOCG.Senado,
núm. 108, de 8 de septiembre).
4. Referendum
En aplicación, de lo
dispuesto en el artículo 167.3 de la Constitución, a partir de la fecha de
aprobación de la Proposición de Reforma, se abrió plazo para que, bien una
décima parte de los miembros del Congreso, bien una décima parte de los
miembros del Senado, solicitaran que la reforma aprobada fuera sometida a referéndum para su ratificación.
(BOCG.
Congreso de los Diputados, serie B, núm. 329-5 y BOCG.
Senado, núm. 108, ambos de 8 de septiembre). Transcurrido el plazo sin que se hubiera
solicitado por un número suficiente de diputados o senadores someterla a referendum,
se publicó el texto definitivo de la Reforma del artículo 135 de la Constitución española en el BOCG.
Congreso de los Diputados, serie B, núm. 329-7, de 28 de septiembre de 2011.
5. Sanción,
Promulgación y Publicación
Su Majestad el Rey sancionó y
promulgó la Reforma Constitucional en Madrid, el 27
de septiembre de 2011.
El Boletín Oficial del Estado publicó el texto el día 27
de septiembre (BOE núm 233). Ese mismo día se publicaron, también, las versiones
en las restantes lenguas de España.